Quick Overview
¿Buscas una inversión segura, rentable y con recorrido? Esta es tu oportunidad.
Se vende el único estanco del concejo de Riosa, un negocio consolidado que ofrece estabilidad, ingresos recurrentes y un gran potencial de crecimiento.
Características principales:
Licencia de estanco en vigor (22 años): negocio listo para continuar la actividad desde el primer día.
5 máquinas dispensadoras en funcionamiento + 2 adicionales con posibilidad de activación inmediata, generando ingresos constantes.
Ubicación estratégica: en calle principal, con excelente visibilidad y fácil acceso.
Clientela fija durante todo el año, reforzada por el creciente atractivo turístico de la zona.
Diversificación de negocio: posibilidad real de ampliar actividad (librería, punto de recogida, productos ONCE, centro de servicios, etc.).
Máquina de copia de llaves incluida en el precio, aportando ingresos extra.
Valor de la licencia: 95.000 ?
Ubicado a tan solo 15 minutos de Oviedo y 10 minutos de Mieres, en un entorno con calidad de vida y proyección turística.
Una inversión ideal tanto para autoempleo como para inversores que buscan un negocio estable con potencial de crecimiento.
No dejes pasar esta oportunidad única.
Contacta con nosotros para más información o concertar una visita.
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de
servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace
constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se
desglosan a continuación:
? Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la
Comunidad Autónoma de Galicia (generalmente el 8% (CÁLCULO ___), sin perjuicio de tipos
reducidos del 7,%, 6%, 4%, 3%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o
las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro
o el precio de venta, aquel que resulte superior.
? Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado
en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel
Notarial.
? Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel
oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que
se aprueba el arancel Notarial.
? Gastos de gestión (gestoría): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la
compraventa, incluyendo la presentación y liquidación de impuestos y la inscripción en el Registro
de la Propiedad, serán asumidos por la parte compradora, en caso de que decida encargar
dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable en función del profesional o entidad
designada para su realización.
? Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios
profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios
de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE
COMPRA.
Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en el
Principado de Asturias puede consultar el portal oficial de los Servicios Tributarios del Principado de
Asturias en el siguiente enlace:
Patrimoniales-y-AJD.